La Guardia Civil investiga al conductor de un vehículo por llevar una pegatina de la ITV en vigor pese a no haber pasado la revisión

 

  • Circulaba con la inspección técnica periódica caducada, pero con la pegatina de otro vehículo que la tenía en vigor
  • Se trata de un hombre, de 47 años de edad, quien finalmente ha sido condenado, en un juicio rápido, como autor de un delito de uso de certificación falsa

26 de febrero de 2021. Agentes de la Guardia Civil, pertenecientes al Destacamento de Tráfico de Plasencia (Cáceres), han investigado a un conductor después de comprobar que circulaba con la inspección técnica del vehículo caducada, aunque en el parabrisas delantero llevaba puesta una pegatina de la ITV que indicaba lo contrario. Tras poner los hechos en conocimiento de la autoridad judicial, ha sido condenado, en juicio rápido, como autor de un delito de uso de certificación falsa.

Los hechos tuvieron lugar el pasado día 11 de febrero, cuando agentes de la Guardia Civil, pertenecientes al Destacamento de Tráfico de Plasencia (Cáceres), se disponían a formular un boletín de denuncia a un vehículo. En ese momento, observaron que llevaba colocada, en la luna delantera, un distintivo V-19 (pegatina de ITV) que tenía como fecha de validez septiembre de 2021, cuando el vehículo tenía caducada la ITV desde el mes de mayo de 2020.

Realizadas las oportunas averiguaciones, dieron como resultado que el vehículo había pasado su última inspección técnica en el mes de julio de 2018, por lo que el distintivo que llevaba colocado no le correspondía.

El conductor y titular del vehículo, un varón de 47 años de edad y nacionalidad española, fue investigado y puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, en funciones de Guardia, de Plasencia (Cáceres), por la supuesta comisión de un delito de uso indebido de certificados, consistente colocar un adhesivo justificativo de una inspección técnica favorable en su vehículo, cuando la tenía caducada desde el mes de mayo de 2020.

En el juicio rápido celebrado por estos hechos, el titular del vehículo ha sido condenado como autor de un delito de uso de certificación falsa, tipificado en el artículo 399. 2 del Código Penal, a una pena de multa de 3 meses, a razón de 3 € diarios, además de tener que hacer frente al pago de las costas del procedimiento.

La ITV como garantía de seguridad

La inspección técnica periódica garantiza que los vehículos estén en buenas condiciones desde el punto de vista de la seguridad durante su uso, por ello, con estas negligentes y peligrosas prácticas, contrarias a la Seguridad Vial, se pone en riesgo, no solo al propio conductor y a los demás ocupantes del vehículo, por el riesgo de sufrir un accidente, sino al resto de usuarios de la vía.

Delito de falsedad documental

En este sentido, una reciente sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, de 25 de junio de 2020, resuelve afirmativamente que la pegatina de la ITV tiene la consideración de documento oficial o de certificación a los efectos de los delitos de falsedad, de modo que la utilización no autorizada de este distintivo oficial, sin haber superado la ITV, puede ser constitutiva de un delito de uso de certificación falsa, tipificada en el Código Penal y castigada la pena de multa de tres a seis meses.

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