Investigado el conductor de un turismo por circular a 216 km/h por la autovía A-5, a la altura de la localidad de Puerto de Santa Cruz (Cáceres)

 

  • Se trata de un hombre, de 33 años, investigado por un supuesto delito contra la seguridad vial al circular superando en más de 80 kilómetros hora la velocidad permitida reglamentariamente
29 de febrero de 2024.- Agentes de la Guardia Civil, pertenecientes al Destacamento de Tráfico de Trujillo (Cáceres), han investigado al conductor de un turismo que fue sorprendido cuando circulaba a la velocidad de 216 kilómetros por hora, en un tramo de vía cuya velocidad máxima permitida es la de 120 kilómetros por hora.

Los hechos tuvieron lugar el 27 de febrero, con motivo de un dispositivo de control de la velocidad (radar móvil), establecido en el marco de la vigilancia permanente que la Guardia Civil ejerce en las vías de comunicación, para la prevención de la comisión de infracciones y delitos relacionados con la seguridad vial.

Durante el desarrollo del mismo, los agentes detectaron un turismo que circulaba por la autovía A-5 (Madrid-Badajoz), con sentido Badajoz, en las proximidades a la localidad cacereña de Puerto de Santa Cruz, a la velocidad de 216 kilómetros por hora.

Tras interceptar el vehículo y proceder a la identificación de su conductor, un varón de 33 años, la Unidad de Investigación de Siniestros Viales del Subsector de Tráfico de Cáceres le investigó penalmente como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial, consistente en circular superando en más de 80 kilómetros por hora la velocidad permitida reglamentariamente, remitiendo las diligencias instruidas al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, en funciones de Guardia, de Trujillo (Cáceres).

Desde la Guardia Civil se recuerda que la velocidad tiene una influencia directa en la ocurrencia y severidad de los siniestros de tráfico. Con velocidades de conducción más altas, el número de siniestros y su gravedad aumentan exponencialmente por ello, la Guardia Civil quiere concienciar, una vez más, a los ciudadanos en general y a los usuarios de las carreteras en particular, del peligro que generan este tipo de conductas que, por otro lado, constituyen un hecho delictivo para el que se prevén penas de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

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